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Sep 07th
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Educando al Pueblo

DERECHOS, DEBERES Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS ESTUDIANTES (3 de 3)

31.6.- Las faltas graves que alteran el cumplimiento de los deberes, las normas de convivencia y las relaciones interpersonales, son entre otras:

• Agresión verbal y/o física

• Deterioro del mobiliario y útiles de la escuela

• Abandono del centro en el horario de clases

• Participación en pandillas o bandas

• Trato irrespetuoso a compañeros (as) profesores (as) y directivos. Rayado y deterioro de paredes del centro

• Acciones que atenten contra el pudor y la decencia

• Desacato a la Reglamentación

• Uso de bebidas alcohólicas.

• Fumar en el recinto.

• Alteración de calificaciones.

• Irreverencia a los símbolos patrios.

• Hurto y fraude de exámenes

• Reincidencia en faltas leves

31.7.- Son consideradas faltas gravísimas las que además de poner en peligro el prestigio del centro, afectan directa o indirectamente a cada uno de los miembros de la institución. Entre ellos tenemos: Trafico de drogas y sustancias narcóticas.
• Consumo de drogas
• Robo
• Falsificación
• Desafió a la autoridad
• Reincidencia en las faltas graves: Porte y tenencia de armas de cualquier tipo Intento y/o consumación de secuestro

31.8. La aplicación de las sanciones será proporcional a la falta cometida y todas serán consideradas medidas correctivas.

31.9.- Las medidas correctivas por faltas leves cometidas serán impuestas por el profesor y son:

• Amonestación verbal privada
• Remisión a la Dirección del Centro

• Exposición por escrito al padre/ madre/tutor/a del alumno

• Referimiento al gabinete de orientación

31.10.- Las sanciones por faltas graves cometidas son: Separación del aula, desde una hora de clases, hasta tres días. }

Previa asignación de trabajos y tareas para entregar a los profesores, a su entorno. Esta sanción debe ser cumplida dentro del
recinto escolar, preferiblemente en el gabinete de Orientación o en la Dirección.

Reposición de lo dañado. Autocrítica ante los/as compañeros/ as.

31.11.- Las sanciones por faltas gravísimas cometidas son: a) Supresión de asistencia a clases por un semestre, debiendo realizar tareas indicadas por el Consejo de Disciplina que conlleve rendición de informe cada 15 días, debiendo presentarse a los exámenes completivos y extraordinarios del Calendario Escolar.

Los informes reportados tendrán equivalencia con la nota de presentación.

b) Supresión de Ia matricula por dos semestres, si la aplicación (le sanciones es originada en el primer semestre.

c) Suspensión definitiva del Centro

31.12.- Se constituye un Consejode Di sciplina para la aplicación de sanciones por faltas gravísimas, que estará integrado por: el Director del Centro, el Orientador, pág. 51.

Un representante de los maestros, un representante de la Asociación de Padres! Madres del Centro y un representante del Consejo Estudiantil.

31.13.- Todas las sanciones aplicadas serán comunicadas por escrito -verbal por la Dirección del Centro a la Comunidad
Educativa del Centro y a los padres y tutores.

 
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